Sunday, 22 de December de 2024 ISSN 1519-7670 - Ano 24 - nº 1319

A revolução midiática de Cristina K.

Cristina Kirchner no tiene muchos amigos en la prensa, en particular en la ‘grande’. Un día que se celebraban las conmemoraciones del 9 de julio, cuando todavía era senadora y primera dama, la futura presidenta argentina calificó a los periodistas de ‘burros’ e ‘ignorantes’. Era la época en que ya los grupos Clarín y La Nación exasperaban a la Casa Rosada hasta el punto de que Néstor Kirchner se había negado a celebrar la más mínima conferencia de prensa durante su mandato. Por eso, Cristina Kirchner no partía como favorita con un proyecto de ley de Servicios de Comunicación Audiovisual (SCA), que esgrimió como la reforma emblemática de su presidencia.

En realidad, lo que la presidenta ha iniciado es una pequeña revolución al conseguir que el Congreso apruebe el texto, a pesar de la lógica hostilidad de la oposición y de los consorcios mediáticos, con Clarín a la cabeza, que ahora amenazan continuar el debate ante la justicia por ‘inconstitucionalidad’. Políticamente, se trata de una victoria. Inapelable el 17 de septiembre en la Cámara de los Diputados (146 votos a favor, 3 en contra y 3 abstenciones) y después validada el 10 de octubre en el Senado, en idénticos términos (44 votos a favor, 24 en contra). Se argumentará que hay que pagar el precio de 200 modificaciones del proyecto inicial. Sin duda. El texto salido del hemiciclo, que la sociedad civil quería y había debatido, encaja a pesar de todo con las intenciones de sus promotores; porque el reto era doble.

33% à mídia sem fins lucrativos

Por una parte, la nueva ley SCA tenía que saldar la desafortunada herencia de la Ley de Radiodifusión del 15 de septiembre de 1980, la ‘22.285’, aprobada en plena dictadura militar y que se mantuvo en vigor tras el regreso del país a la democracia en 1983. La nueva ley substituye – como ente de regulación – al Comfer (Comité Federal de Radiodifusión), que en principio agrupaba a dirigentes de empresas, funcionarios de inteligencia y militares, por una Autoridad de Aplicación integrada por representantes de la clase política. Esa Autoridad, sometida al control del Congreso (otra novedad), tendrá que contar también con la opinión de un Consejo Multisectorial y Participativo, en el que participarán profesores universitarios, personalidades del mundo asociativo y de la sociedad civil y, naturalmente, representantes de la profesión. Un Consejo multisectorial que recuerda mucho al Consejo Honorario Consultivo instituido en Uruguay en 2007 a través de una ley inédita de medios comunitarios, capacitado para intervenir en la concesión y renovación de las frecuencias.

Indeseables y prácticamente inexistentes bajo los regímenes militares, estos nuevos medios de comunicación suponen ahora un gran reto político en el continente (leer también la crónica Reporteros sin Fronteras-Americagora del 16 de septiembre de 2009). Un poco a imagen y semejanza de la ley uruguaya de 2007, que les reserva un tercio del espacio audiovisual, la nueva legislación argentina concede un 33% a los medios sin ánimo de lucro. La antigua ley de 1980 no contemplaba esa figura pero había sido enmendada con condiciones, en dicho sentido, en 2005. Los medios más específicamente identificados como comunitarios tenían que conseguir su regularización aprovechando un cambio en las reglas de concesión de frecuencias, válidas para una duración de diez años, frente a los quince anteriores.

Restrições a concessões de rádio e TV

Se trataba de dar barnices jurídicos a la dictadura. Los ‘imperativos de seguridad nacional’, con cuya invocación el régimen militar pretendía pesar sobre los contenidos difundidos, desaparecían totalmente con una nueva legislación que garantizaba la libertad de expresión, en conformidad con el artículo 13 de la Convención Interamericana de Derechos Humanos. La ley SCA establece solo la obligación, como existe en otros países, de una cuota de producción audiovisual nacional en torno al 60%. Igualmente democratiza la retransmisión de los partidos de fútbol, ‘una cuestión de vida o muerte, e incluso mucho más importante’, según la broma, que hasta ahora estaba esencialmente limitada a los canales por cable.

Democratización, pues, que no parecen reconocer los detractores de la ley Kirchner, algunos de los cuales no dudan en equipararla a la ley de 1980, a la que sin embargo viene a reemplazar. Deshonesto e indecente, ese tipo de ataque juega sobre el otro reto que la SCA intentaba aceptar y que no es el menor: reparar los perversos efectos de las enmiendas efectuadas a la ley de 1980 durante los anteriores gobiernos democráticos.

Puesto que, en la época en que se aprobó, la legislación del proceso suponía un cierto freno a la concentración de medios de comunicación prohibiendo, por ejemplo, que un grupo de prensa escrita poseyera al mismo tiempo una emisora de radio o un canal de televisión, o que más de veinte personas trabajaran dentro de la misma empresa radiofónica. Esas disposiciones, abolidas durante las presidencias de Alfonsín y Menem, tuvieron la desastrosa consecuencia de favorecer una superconcentración de medios encarnada en el grupo Clarín, poseedor por sí solo de 264 licencias.

Estableciendo la prohibición de oligopolios y monopolios mediáticos, la ley SCA limita a 10 el número de frecuencias de radio abiertas (hertzianas) que pueden concederse a un mismo grupo, frente a las 24 anteriores. La misma disposición se aplica a la televisión, hertziana y por cable; un mismo grupo ya no puede ser a la vez, en la misma localidad, concesionario de un canal abierto y propietario de una empresa de producción y distribución televisual por cable. Además, un concesionario ya no podrá disponer de más de una licencia de servicio de comunicación audiovisual en soporte satélite y un operador ya no tendrá derecho legal a ofrecer sus servicios a más del 35% de la población, o de la totalidad del público abonado.

A reforma e a prática do jornalismo

Al final, con las nuevas cláusulas y los vencimientos de frecuencias, Clarín tendría que ceder algunos canales, como Multicanal o Cablevisión, si quiere conservar otros, como Canal 13 (hertziano) y Todo Noticias (por cable). En total, el grupo podría perder 234 de sus licencias de emisión… siempre y cuando fracase en la ofensiva jurídica que se dispone a emprender – junto con otros – contra la ley Kirchner.

Digámoslo. Esta ley era necesaria y es valiente, teniendo en cuenta los medios de presión de algunos grupos de prensa bastante egoístas. La pequeña revolución audiovisual de Cristina Kirchner bien podría encontrar eco en otros países de la región, como Ecuador, Bolivia y Paraguay, donde la búsqueda de un equilibrio mediático se ha traducido más en la promoción de una nueva prensa pública o comunitaria. Por el contrario, un desesperante statu quo impera en Chile, donde algunos proyectos de legislación, comparables a los aprobados en Uruguay y Argentina, llevan dos años durmiendo en los cajones del Congreso.

Es cierto que, sin duda, el gobierno argentino habría podido evitar añadir la afrenta a la audacia enviando, el 10 de septiembre, un centenar de funcionarios a la sede del grupo Clarín, para efectuar una dura ‘auditoría’. Hay quien en ese episodio ha creído ver una muestra del enérgico carácter de la presidenta. Cristina Kirchner no es la única, entre sus homólogos latinoamericanos, que exaspera a la maquinaria mediática. Sin embargo, su ley, cuando no ella misma, evita la trampa en la que algunos están a veces a punto de caer: confundir la reforma del paisaje mediático con la de la práctica del periodismo. (Con Emiliano Gullo, en Buenos Aires)

******

Jornalistas, Oficina Américas, de Repórteres sem Fronteiras